Delito de amenazas

El delito de amenazas se produce cuando una persona intimida a otra anunciándole un mal futuro, posible y determinado, con la intención de causarle temor o de obligarla a hacer algo en contra de su voluntad. La amenaza puede ser verbal, escrita o transmitida por medios digitales, y se considera delito tanto si se realiza directamente como a través de terceros.


El Código Penal distingue entre amenazas condicionales (para obtener algo) y no condicionales (simplemente para causar miedo), así como entre las graves y las leves, según la intensidad y las consecuencias.

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