El delito de robo: concepto, elementos y consecuencias legales

El robo es un delito contra el patrimonio que implica la sustracción de bienes ajenos con ánimo de lucro, utilizando fuerza en las cosas o intimidación en las personas. Su regulación legal contempla diversos elementos que definen su tipicidad y sus consecuencias legales

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Alejandro Bravo Quemada

7/9/20256 min read

El delito de robo es uno de los más conocidas en el derecho penal, no solo por su impacto social, sino por su frecuencia en la práctica judicial. Esta habitualidad, hace que muchas personas no le den la importancia que verdaderamente tiene. Sin embargo, a diferencia de otros delitos contra el patrimonio, como el hurto o la estafa, el robo implica el uso de fuerza o violencia, lo que agrava su consideración jurídica y sus consecuencias.

¿En qué consiste el delito de robo?

El robo, según el artículo 237 del Código Penal, consiste en el apoderamiento con ánimo de lucro de cosas muebles ajenas, empleando fuerza en las cosas para acceder al lugar donde estas se encuentran o bien violencia o intimidación en las personas para sustraerlas.

La diferencia fundamental entre el robo y otros delitos patrimoniales es, precisamente, el medio empleado para lograr la sustracción de la cosa. Mientras que en el hurto no hay fuerza ni intimidación, en el robo estos elementos son imprescindibles para su configuración.

Ejemplo: Si alguien rompe la cerradura de una vivienda y sustrae un televisor, estamos ante un robo con fuerza. Si amenaza con un cuchillo al dueño para que le entregue su cartera, es un robo con violencia.

¿Si no supera los 400 euros se considera hurto y no robo?

Como abogado especializado en derehco penal económico, escucho habitualmente una creencia equivocada que existe en el imaginario colectivo: "Si lo sustraído no excede de 400 euros se considera hurto y a partir de ahí, robo". Sin embargo, he de decirte que esto es falso.

La diferencia entre los delitos de hurto y robo no está en la cuantía del objeto, sino en la forma de comisión del delito, que es la que le da su mayor o menor gravedad.

Un hurto, es un apoderamiento subrepticio, es decir, al descuido. Consiste en quitarle algo a alquien sin que se dé cuenta. Por ejemplo: un carterista en el autobús. Independientemente de que lo sustraído sea menor o mayor a 400 euros, sigue siendo un hurto. Lo que hace esa cifra es que el delito de hurto sea leve o de mayor gravedad.

Un robo, consiste en quitarle algo a alguien mediante fuerza sobre las cosas, violencia o intimidación. Ejemplo: un atracador que amenaza a una persona con hacerle algo malo si no le da la cartera. En este caso, independientemente del valor de lo robado, se tratará de un delito de mayor gravedad, dados los medios empleados para su comisión.

¿Cuáles son los elementos que configuran el delito de robo?

Para que exista el delito de robo, deben concurrir los siguientes elementos:

  1. Apoderamiento de cosa mueble ajena: El objeto del robo debe tener valor económico y no ser propiedad del autor del delito. En este sentido, no existirá robo si el objeto es propiedad de la persona y lo está intentando recuperar, sin perjuicio de que ello no evita que pueda estar cometiendo otro tipo de delitos. Además, el objeto debe poder ser trasladado, por lo que quedan excluidos los inmuebles. No es posible robar algo que no se puede trasladar, como por ejemplo, una vivienda.

  2. Ánimo de lucro: El autor del delito debe actuar con intención de obtener un beneficio económico o patrimonial. Si no existe esta finalidad, podría configurarse otros tipos penales, tales como daños, coacciones, u otros, pero no robo.

  3. Uso de fuerza o violencia/intimidación

    1. Fuerza sobre las cosas: Consiste en romper o burlar algún tipo de medida de seguridad que impida el apoderamiento del objeto, empleando determinados medios para lograr la comisión del delito, tales como romper puertas, forzar cerraduras, escalar muros, usar ganzúas, inutilizar alarmas, etc. ¿Has visto alguna vez objetos en supermercados protegidos con una caja de plástico con alarma? Suelen ser objetos pequeños, tales como memorias usb, colonias, alcohol, etc. El objetivo de esta protección, además de evitar que la persona se lo lleve, es elevar la consideración de hurto a robo, agravando la responsabilidad penal del autor del delito.

    2. Violencia o intimidación en las personas: Consiste en cometer agresiones físicas o amenazas para obtener la entrega del bien. La violencia puede ser previa, simultánea o posterior si se usa para asegurar la huida.

Todos estos elementos son necesarios para que una conducta pueda ser castigada como un delito de robo. Si hay algunos que no se dan, eso no significa que no se pueda castigar, sino que se considerará otro delito diferente.

¿Qué tipos de robo existen?

El Código Penal distingue entre dos grandes grupos: robo con fuerza en las cosas (arts. 237–241) y robo con violencia o intimidación en las personas (art. 242).

Robo con fuerza en las cosas

Incluye:

  • Escalamiento

  • Fractura de puertas o ventanas

  • Uso de llaves falsas

  • Inutilización de sistemas de alarma

Además, el artículo 241 agrava el delito cuando se comete en lugares habitados, abiertos al público o de uso común. Ejemplo: Entrar en un local comercial por la noche tras forzar una persiana y sustraer productos del almacén constituye robo con fuerza.

Robo con violencia o intimidación

El uso de violencia o amenaza suficiente para vencer la resistencia de la víctima convierte el hecho en un robo aún más grave. La pena se agrava si concurren ciertas circunstancias: uso de armas, actuación en grupo, violencia peligrosa, lesiones, etc. Ejemplo: Asaltar a un repartidor de comida y, bajo amenazas, obligarle a entregar la recaudación y el móvil, es robo con intimidación.

¿Puedo ir a la cárcel si me acusan de un robo? ¿Qué penas se aplican?

El artículo 240 del Código Penal establece penas de prisión de uno a cinco años para el robo con fuerza, mientras que el artículo 242 impone penas de dos a cinco años, que pueden subir a seis si hay agravantes, para el robo con violencia o intimidación.

Circunstancias agravantes (art. 242.2 y 3): Además de las penas anteriores, es posible la aplicación de circunstancias agravantes, que pueden suponer la imposición de una pena mayor:

  • Uso de armas

  • Actuación en grupo

  • Especial vulnerabilidad de la víctima

  • Lesiones durante el robo

Ejemplo: Si durante el robo se utiliza una navaja y la víctima resulta herida, la pena puede ascender a hasta seis años de prisión, además de la responsabilidad civil por las lesiones.

¿En qué momento se consuma el delito de robo?

El robo se considera consumado cuando el autor se apodera del bien de forma efectiva, aunque no llegue a huir del lugar ni a disponer libremente de lo sustraído.

Ejemplo: Si una persona rompe el cristal de un coche y toma una mochila del interior, ya se ha consumado el robo, aunque sea detenido en el acto.

En caso de que se inicien los actos sin llegar a consumarse (por ejemplo, al intentar forzar una cerradura sin éxito), puede hablarse de tentativa de robo, que también es punible, si bien con una pena menor.

Diferencias entre robo y otros delitos contra el patrimonio

Como indicábamos previamente, para que una conducta pueda ser castigada como robo, es necesario que concurran todos los elementos explicados. No obstante, es posible que se produzcan conductas que no cumplan todos los requisitos del robo, pero que puedan ser castigadas por otros delitos similares:

  • Hurto (art. 234 CP): Sustracción sin violencia ni fuerza. Ejemplo: coger un bolso del asiento de un restaurante sin que el dueño lo note.

  • Apropiación indebida (art. 253 CP): Retención de un bien entregado legítimamente. Ejemplo: no devolver una bicicleta prestada.

  • Extorsión (art. 243 CP): Obtener un bien mediante intimidación, pero sin apoderamiento directo. Ejemplo: Amenazar a una persona con difundir imágenes comprometedoras si no entrega una suma de dinero.

  • Estafa (art. 248 CP): Obtención de bienes mediante engaño. Ejemplo: Vender un coche con el cuentakilómetros manipulado para hacer creer al comprador que tiene menos uso del real.

¿Además de la pena de prisión, es posible condenar al pago de una indemnización?

Además de las penas privativas de libertad, el autor de un robo puede ser condenado a indemnizar a la víctima por el valor del bien sustraído, los daños materiales causados durante el robo y otros perjuicios acreditables. Además, se impondrán antecedentes penales, lo que puede afectar a la concesión de beneficios penitenciarios o suspensiones de condena.

¿Qué puedo hacer si he sido parte de un robo?

Si has sido acusado o perjudicado por un delito de robo, es imprescindible contar con asesoramiento de calidad por parte de un abogado especializado en derecho penal económico, que determine el precepto concreto en el que se encuadra la conducta, así como sus requisitos particulares.

Esta labor especializada permitirá reforzar o desmontar los elementos del delito de robo y la prueba que los justifique, de tal forma que se consiga condenar o absolver a la persona acusada.

Si has sido parte de un delito de robo y necesitas ayuda, puedes contactar conmigo AQUÍ.

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Alejandro Bravo Quemada.